El calendario laboral de Colombia para el año 2026 ha sufrido una modificación de última hora con implicaciones directas para las áreas de Talento Humano y Nómina. Mediante la expedición de la Ley 2578 de 2026, sancionada el pasado 1 de junio, el Congreso de la República ha declarado un nuevo día de fiesta nacional de carácter oficial en todo el territorio del país.
Esta nueva norma rinde homenaje al municipio de Chiquinquirá (Boyacá) y declara el 9 de julio de cada año (Día de Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá) como un nuevo día festivo nacional. En este artículo, analizamos cómo funciona su traslado por la Ley Emiliani y las obligaciones de las empresas frente al descanso y los recargos salariales correspondientes.
¿Cuándo se hace efectivo? Para este año 2026, dado que el 9 de julio cae en un día jueves, bajo las reglas de la Ley Emiliani, el descanso obligatorio y remunerado se trasladará al lunes 13 de julio de 2026.
1. La Ley Emiliani (Ley 51 de 1983) en Acción
El Artículo 6° de la Ley 2578 señala expresamente que a este nuevo día festivo se le aplicarán las disposiciones de la Ley 51 de 1983 (conocida popularmente en el país como la Ley Emiliani). Esta ley determina que cuando ciertos festivos civiles o religiosos coinciden con un día de la semana diferente al lunes, el descanso remunerado se debe trasladar al primer lunes siguiente.
Dado que el 9 de julio de 2026 es un jueves, los empleadores colombianos deben aplicar las siguientes directrices:
- El jueves 9 de julio de 2026 será un día laborable ordinario y se trabajará en el horario habitual sin sobrecostos de recargo festivo.
- El lunes 13 de julio de 2026 será el día oficial en que los trabajadores disfrutarán de su descanso remunerado.
2. Derecho al Descanso Remunerado Obligatorio
La declaración de este día de fiesta nacional implica que adquiere la misma categoría de obligatorio cumplimiento que festivos tradicionales como el 20 de julio o el 7 de agosto. Por lo tanto, de acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo (CST):
- Todos los trabajadores de los sectores público y privado tienen derecho al descanso obligatorio en esta fecha.
- Este descanso es remunerado y no puede descontarse del salario básico del trabajador. El salario mensual acordado cubre el pago de este lunes festivo como si se hubiese laborado.
3. ¿Cómo se liquida si los trabajadores laboran el lunes 13 de julio?
Por razones operativas o de producción, algunas empresas requieren que parte de su personal preste servicios en días festivos. En estos casos, la legislación colombiana impone sobrecostos rigurosos para compensar el descanso no disfrutado:
- Recargo por Trabajo Dominical o Festivo: Todo trabajador que labore en este día festivo (13 de julio) tiene derecho a recibir un recargo del 75% sobre el valor de la hora ordinaria por cada hora trabajada. Esto significa que la hora se paga al 175% de su tarifa base.
- Trabajo Extra en Festivo: Si el trabajador trabaja horas que exceden la jornada ordinaria diaria en dicho día festivo, las horas adicionales se consideran extras dominicales/festivas:
- Extra Festiva Diurna (HEDD): Se paga con un recargo del 100% (2.00x del valor ordinario).
- Extra Festiva Nocturna (HEDN): Se paga con un recargo del 150% (2.50x del valor ordinario).
- Descanso Compensatorio: Si el trabajo en día festivo es habitual (más de dos domingos o festivos al mes), el trabajador tiene derecho a un día de descanso compensatorio remunerado en la semana siguiente, además de los recargos. Si es ocasional (uno o dos festivos al mes), el trabajador puede elegir entre el pago del recargo o el descanso compensatorio.
4. Ajustes en la Jornada de 2026 y el Cálculo de Nómina
Es fundamental recordar que para 2026, la jornada laboral ordinaria máxima en Colombia disminuyó a 42 horas semanales por la Ley 2101 de 2021. Al reducirse la jornada legal, el divisor mensual para calcular la hora ordinaria base cambia de 240 a 210 horas.
Un error común en las empresas es seguir usando el divisor de 240 horas para calcular el recargo de un lunes festivo. Esto provoca una subliquidación de la nómina y expone a la empresa a reclamaciones de los trabajadores o sanciones por parte de entes fiscalizadores como la UGPP.
Utilizar herramientas especializadas o un software de nómina sincronizado con la ley vigente es la única forma de evitar reclamaciones costosas y multas operativas.
¿Su área de nómina está preparada para liquidar la jornada de 2026?
Con la llegada de nuevos festivos de imprevisto y la reducción activa a 42 horas semanales, liquidar la nómina de forma manual o con fórmulas desactualizadas es un riesgo. En ALIAR TH gestionamos de manera integral el Talento Humano y la nómina de su empresa bajo cumplimiento estricto de la ley de 2026, ofreciéndole además un portal digital propio. Solicite su Mes de Prueba 100% Gratuito y sin compromisos para empezar a blindar su negocio.
Agendar Asesoría GratuitaCargando comentarios...
Comentarios (0)